6 derechos laborales que no sabes que tienes y que ya puedes utilizar

No pueden negarte un anticipo de tu nómina ni un descanso de 15 minutos cada seis horas de curro. Toma nota

Los tiempos cambian pero algunas verdades permanecen inalterables con independencia de las circunstancias. Y una de ellas es aquella de “la información es poder”. Porque cuando la tienes en tus manos eres mucho más capaz de protegerte de los abusos externos. Por ejemplo de los de las empresas en las que trabajas. ¿Sabías que tienes derecho a descansar 15 minutos cada seis horas de trabajo sin tener que recuperarlo en ningún otro momento y que tu jefx no puede negarse a ello? Así lo explica el abogado Andrés Millán en su cuenta de TikTok, donde ha desvelado otros cinco derechos laborales activos desde este mes de noviembre que probablemente no conozcas.

De todos ellos, puede que uno de los más te interese es tu derecho a recibir un 10% más de salario si tu empresa se retrasa en el pago. Esto no quiere decir que a la mínima de cambio puedes exigir dicha indemnización, sino que tienes esa cobertura extra si no recibes el pago al menos un mes después del plazo acordado en el contrato. Si ocurre, lo solicitas y la empresa se pone tonta, diles que se lean la sentencia del 10 de enero de 2023 del Tribunal Supremo en la Sala de lo Social. No pueden negarse. Como tampoco pueden hacerlo a que disfrutes de 15 días de permiso retribuido si te constituyes como pareja de hecho. Ya era hora de que equipararlo con el matrimonio.

Hasta cinco días por cuidar a un familiar

Ah, y ya no dispones de dos días de permiso retribuido por cuidado familiar: ahora son cinco. En concreto, como escriben desde Trendencias, medio que difunde las explicaciones de Millán, puedes solicitarlo “para cuidado de familiar por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización pero con reposo domiciliario para las personas que convivan con el trabajador que requiere el cuidado, además de para las parejas de hecho y los familiares consanguíneos”. Asimismo, y según refleja el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, tienes derecho a un día libre pagado por mudanza o traslado del domicilio habitual. Tenlo en cuenta.

Por último, pero también muy importante, puedes solicitar un adelanto económico. Como apuntan desde el mismo medio, “el anticipo de nómina en las empresas no es una decisión voluntaria de la compañía sino un derecho de todos los trabajadores” que aparece contemplado en el artículo 29 del Estatuto de los trabajadores. Eso sí, tienes derecho a percibir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado en el momento de la solicitud, no del trabajo por hacer. No puedes plantarte en la oficina de tu jefx un 14 del mes para pedirle un adelanto de todo el mes. Solo por esos 14 días trabajados. En algunos momentos tener ese dinero antes de la cuenta puede marcar la diferencia.