El cura condenado por violar a una menor sigue cobrando de la archidiócesis de Toledo

Entró en prisión en 2024 después de que el Tribunal Supremo ratificara la sentencia de ocho años de cárcel y compensación económica a la víctima de 100.000 euros

El sacerdote José Luis Galán, director espiritual en el colegio toledano Hijos de María Nuestra Señora de Talavera de la Reina, fue condenado en el año 2021 a ocho años de cárcel y una compensación económica de 100.000 euros por un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal contra una menor de edad. En 2024, y tras la ratificación de esta condena por parte del Tribunal Supremo, Galán ingresó en la cárcel. Hasta ahí todo normal. Lo extraordinario, lo que no se entiende, es que, como explica la periodista experta en abusos e igualdad Eleonora Giovio, la archidiócesis de Toledo lleve todo este tiempo abonándole un sueldo mensual.

Para intentar entenderlo es necesario hacer una recapitulación de la normativa en España. Como explica la propia Giovio en su reportaje, “entrar en la cárcel imposibilita al reo acudir a su lugar de trabajo, motivo por el que, si la pena es firme, la relación laboral con la empresa finaliza”. La cosa es que, como le ha dicho el ecónomo diocesano del arzobispado de Toledo, Anastasio Gómez, a El País, “cualquier sacerdote en España no mantiene una relación laboral con su diócesis; es una relación sin carácter contractual”. Esto implica que nunca reciben una nómina, sino una donación privada entre particulares. Y puede seguir haciéndolo en prisión.

Otra cosa es el tema ético. Si hay una condena firme sobre la mesa, si Galán fue sentenciado y está ya en la cárcel, sería lógico que la Iglesia dejara de apoyarlo financieramente, pues sus actos son contrarios a la prédica católica. Y esto es precisamente lo que dicho diario preguntó al mismo Anastasio. ¿La respuesta? “Toda información relativa a la situación económica concreta de una persona identificada constituye un dato de carácter personal”. Sin embargo, añade también, “existe una asignación básica destinada exclusivamente a permitir que el interesado haga frente a las obligaciones económicas, también las derivadas de la sentencia”.

Es importante recordar la gravedad del caso: la sentencia contra Galán reconoce agresiones sexuales, agresiones físicas y agresiones psicológicas como insultos, amenazas e incluso actuaciones exorcistas no aprobadas por la Iglesia. Todo ello durante un largo periodo de entre el año 2011 y el año 2014. Una situación tan dañina en todos los sentidos y tan extendida que la víctima “intentó quitarse la vida en varias ocasiones”, cuenta Giovio. La pregunta clave aquí, además del caso de Galán en particular, es cuántos otros miembros de la Iglesia condenados por delitos sexuales siguen recibiendo dinero de ella. Es algo que no tiene justificación.