El teletrabajo no lleva demasiado en tu vida. Unos meses. Quizás unos años ya. Pero es posible que a día de hoy continúes teniendo muchas dudas o ignorando algunos de tus derechos como teletrabajadrx. Y es normal. Nadie te ha enviado un manual a casa. Necesitas que alguien especializado, como el abogado de derecho laboral Miguel Benito, te lo cuente. En una publicación para Business Insider, el experto habla de un punto muy importante: "De acuerdo con nuestra normativa, el trabajo a distancia debe establecerse de mutuo acuerdo, por lo que en principio ni empresa ni trabajador pueden imponer el teletrabajo a la otra parte". Tienes derecho al trabajo presencial si lo deseas.
Pero pongamos que no lo deseas y que estás feliz con el teletrabajo. A partir de aquí, cuentas con una serie de derechos estipulados en la Ley 10/2021 de trabajo a distancia. Uno de ellos, como explica el propio Benito, es que "es la empresa la que debe abonar los gastos derivados de esta actividad como por ejemplo los de tu conexión a internet". Además, también debe proporcionarte los equipos informáticos y todas las herramientas de software que necesites para llevar a cabo las tareas que te solicitan. De ninguna manera tienes tú que comprarte un ordenador o una impresora para cumplir con tus obligaciones. La compañía corre con los gastos directos e indirectos. Y punto.
Tienes derecho a la desconexión digital
Si tu jornada de teletrabajo comienza a las nueve de la mañana y termina a las cinco de la tarde, por poner un ejemplo, nadie del trabajo debería andar escribiéndote Whatsapps y correos o llamándote a las ocho de la mañana o a las siete de la tarde. Y da igual lo que digan de que estás en tu casa muy cómodx y que no es para tanto: mereces desconectar mentalmente y olvidarte de todo lo que tiene que ver con el curro cuando estás fuera de tu horario laboral. De lo contrario aumentan las probabilidades de padecer estrés agudo y ansiedad, lo que evidentemente afecta a tu bienestar psicológico y emocional. Que te dejen vivir.
Por último, está el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades. El hecho de que estés en tu hogar, con tus mantitas encima, con tus pausas autogestionadas y con tu nevera a mano no te convierte en unx trabajadorx menos valiosx ni menos dignx. Estás rindiendo bien y eso es lo que importa. En este sentido, tu empresa no tiene legitimidad para tratarte diferente respecto a lxs trabajadorxs presenciales. El salario que cobres, la modalidad de contrato de la que dispongas, las horas que eches a lo largo de la semana, el acceso a formación o la posibilidad de ascender deberán ser las mismas. El teletrabajo no puede conducir a la marginación. Recuérdalo siempre.