Nueva ley antitabaco: multa para los padres de los menores que fumen o vapeen

También introduce la prohibición de fumar o vapear en terrazas, paradas de autobuses o campus universitarios

La batalla del Gobierno contra el tabaco tiene un nuevo capítulo: el pasado martes fue aprobado un anteproyecto de ley en el Consejo de Ministros que introducirá medidas mucho más duras en nuestro país. Para que te hagas una idea, ya no se podrá fumar ni vapear en las terrazas de los bares, en las paradas de autobuses, en los campus universitarios, en las piscinas públicas o en los vehículos comerciales. Sí, vapear tampoco, porque esta nueva ley antitabaco los equipara al tabaco clásico. Aunque lo que más polémica está levantando no es eso: es que si la policía pilla a unx menor fumando le impondrá una multa de 100 euros que deberán pagar sus padres.

La intención es buena. Loable incluso. La adolescencia es la edad en la que más gente se engancha a la nicotina y poner barreras puede ayudar a que haya más adultxs no fumadorxs en el futuro. El problema es que muchos padres no tienen recursos suficientes para andar pagando multas si sus hijxs se saltan la ley. En algunos casos se puede convertir en un auténtico agujero económico para algunas familias. En este sentido, sería ideal que la nueva normativa contemplara las circunstancias financieras de los padres cuyos hijxs adolescentes reinciden en fumar o vapear. Tener algún tipo de plan B o algún tipo de rebaja. O puede acabar siendo una locura.

De todas formas, esto de multar a los padres forma parte de listado de sanciones leves de la nueva ley antitabaco junto con no advertir en en los establecimientos de venta de tabaco y derivados de la prohibición a menores o no avisar en las máquinas expendedoras de los peligros sanitarios de su consumo. Y luego están las graves: los descuentos en la venta de tabaco y demás, la entrega de productos con nicotina a menores, el permitir que un menor utilice una máquina expendedora o la acumulación de tres infracciones por fumar en lugares prohibidos. De 601 a 10.000 euros. Eso es solo una parte de la lista. Hay muchas otras sanciones graves más.

Pero pasemos a las muy graves: las que pueden suponer sanciones económicas de entre 10.001 y 600.000 euros. Claro que estas no van hacia particulares generalmente. Son multas para las empresas que realicen “publicidad, promoción y patrocinio de tabaco y relacionados, así como de los dispositivos necesarios para su consumo, en todos los medios y soportes, incluidos los servicios de la sociedad de la información, salvo las publicaciones destinadas exclusivamente a los profesionales que intervienen en el comercio de tabaco”. Se viene nuevo mundo. Uno que le declara la guerra total a la nicotina. Y tú, ¿lo ves bien, lo ves insuficiente o lo ves excesivo?