Ver para creer... tan avanzados que parecían los canadienses y resulta que el Tribunal Supremo de Canadá acaba de legalizar tan avanzados que parecían los canadienses. Todo ha surgido a raíz del monstruoso caso de D. L. W., un hombre que fue condenado por 13 delitos sexuales hacia sus hijastras, incluyendo uno de bestialismo. El hombre tuvo la ocurrencia de untar de mantequilla de cacahuete la vagina de su hijastra de 15 años, traer al perro de la familia a la habitación y hacer fotos mientras este le lamía. Intentó después grabarlo en vídeo y que el perro penetrara a la menor, sin éxito.
Según su abogado, las leyes existentes hasta el momento sobre zoofilia no eran del todo claras y pidieron que se retiraran los cargos de bestialismo. A lo que los jueces respondieron, inexplicablemente -¡por siete votos contra uno!- que a los seres humanos se les permite tener contacto sexual con animales siempre que no haya penetración.
Así, en Canadá ya no es delito follar con animales si no se les penetra. Pero ¿qué es follar? ¿Meterla? ¿Que te la metan? ¿Hay diferencia según el animal con el que se intime? ¿Pueden estar ya tranquilos todos los follacabras de los pueblos de la España profunda? ¿Y qué pasa en el resto de países?
La prohibición de cometer abusos de naturaleza sexual hacia un animal en países vecinos como Francia que multa con 30.000 euros y dos años de prisión, Alemania 25.000 euros de multa y una infracción administrativa siempre que no se produzca la muerte del animal como consecuencia del abuso o en Suecia que penaliza cualquier “relación sexual con animales”, convirtió a Dinamarca en la meca del turismo sexual con animales. Hasta abril de 2015, cuando Dinamarca endureció las normas que hasta entonces solo prohibían las relaciones sexuales que dañasen a los animales, algo que resulta difícil de probar.
Mientras tanto, hay asociaciones como la alemana ZETA Compromiso Zoófilo por la Tolerancia y la Claridad, defienden que sus relaciones son “consentidas” y que “nadie ama tanto a los animales como un zoofilo”.
¿Y en España? ¿Cómo se castiga a estos supuestos "amantes de los animales"? Según un informe del Observatorio de Justicia y Defensa Animal, la ley española Artículo 337.1 del Código Penal contempla el castigo con pena de entre tres meses y un año de prisión a quien maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a:
a un animal doméstico o amansado
b un animal de los que habitualmente están domesticados
c un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano o
d cualquier animal que no viva en estado salvaje
Lo curioso, según apunta la directora del Observatorio de Justicia y Defensa Animal, Nuria Menéndez De Llano, es que ha sido necesario ampliar el listado de animales protegidos penalmente frente al maltrato para evitar interpretaciones judiciales confusas sobre qué animales están o no protegidos. Asumir por ejemplo que “la domesticación, que lleva implícita la cohabitación, provocaba situaciones tan absurdas como que una araña de un terrario ubicado en un domicilio sí estuviera protegida por el derecho penal y que un gato nacido en un patio de vecinos, no”. También se daban situaciones como que se le negase la condición de animal doméstico, y por tanto su protección frente al maltrato, a animales considerados de granja, como el cerdo.
Además, el uso de la expresión 'explotación sexual', al igual que sucede con los humanos, implica el elemento del ánimo de lucro. Con el cambio de legislación, “parece ser que se corre el riesgo de proteger a los animales solamente frente al proxenetismo animal, y no frente a todo abusador sexual”, concluye Menéndez de Llano en su informe.
Así, cuando se agreda sexualmente a un animal sin que haya contraprestación por ello, se absolverá al acusado si no se pueden probar en juicio lesiones graves o la muerte. Como si ser violado por alguien de otra especie no fuera suficiente tortura. En palabras de la directora del Observatorio de Justicia y Defensa Animal: "Hubiera bastado con añadir la palabra 'abuso' para que la protección de los animales frente a los delitos sexuales resultara efectiva. Porque lo despreciable es abusar sexualmente de un ser indefenso, independientemente de si hay alguien que se lucre con ello".
Crédito de las fotos: Mark Harless