Es una cuestión de igualdad, una medida que pretende evitar que el apellido de la madre sea sistemáticamente relegado a un segundo lugar avocándolo, en muchas familias, a la desaparición. La nueva Ley que regulará el orden de los apellidos entrará en vigor el último día de junio, justo dentro de un mes, dibujando un escenario diferente en las oficinas del Registro.
Los padres contarán con un plazo de 72 horas para decidir qué apellido irá primero antes de inscribir al bebé. Sí, tendrán que tomar la misma decisión que podían plantearse desde el año 2000, cuando comenzó a permitirse alterar el orden de ambos apellidos, pero el desenlace, de no haber consenso entre ellos, será diferente a partir de ahora. Porque, a día de hoy, si los dos padres no se ponían de acuerdo la ley imponía como prioridad el apellido del padre. Por el contrario, y a partir del 30 de junio de este año, si transcurridas esas 72 horas padre y madre no consiguen llegar a un punto de encuentro, no habrá ninguna imposición categórica. Es más: será el registrador el que decida de forma unilateral, pudiendo utilizar el orden alfabético o la fonética –o el clásico 'cara o cruz'– para decidir qué apellido pone primero y cuál va en segunda posición.

Una norma que pretende ahondar en la igualdad entre ambos progenitores. Y eso que España es algo más integradora que otros lugares, al menos en el sentido 'heráldico': no hay que olvidar que otros países como Estados Unidos o el Reino Unido no cuentan con el apellido de la madre en ningún documento oficial, perdiéndose automáticamente desde el momento de contraer matrimonio con el hombre.
A partir de ahora, será fácil encontrar a dos hermanos que no compartan sus apellidos a pesar de tener los mismos padres y, tal vez, no sea descabellado ver a un registrador lanzando una moneda al aire. El consenso para con los hijos, desde el minuto cero.