Hoy se celebra en todo el mundo el Día Mundial de la Bicicleta el medio de transporte más democrático, sostenible, económico y saludable que existe. Un símbolo de desarrollo en las ciudades de la vieja Europa que, sin embargo, no hace más que despertar las críticas de peatones y conductores. Y es que, admítelo, por muy hipster que te haga parecer tu fixie no tienes idea de cómo circular en ella.
Para intentar arrojar algo de luz en el eterno enfrentamiento que se vive a diario sobre las aceras de nuestras ciudades, la asociación Automovilistas Europeos Asociados AEA publicó en su página web una serie de respuestas a las preguntas más frecuentes en torno a la circulación en bicicleta. Básicamente, se trata de recordarnos los artículos del Reglamente General de Circulación.
Para no hacerlo más engorroso de lo que ya es, en Código Nuevo hemos elaborado una lista simplificada con las nueve cosas que deberías tener en cuenta la próxima vez que le des a los pedales:
1. Evita circular por las aceras siempre que puedas. Es el primer motivo de queja de los peatones respecto a los ciclistas aunque dependen únicamente de las ordenanzas de cada municipio. En el caso de Barcelona, por ejemplo, el nuevo plan del ayuntamiento dirigido por Ada Colau prohibirá a los ciclistas circular por aceras de menos de cinco metros de ancho.
Por su parte, una sentencia del Tribunal Supremo aclaró que los ciclistas únicamente tendrán pleno derecho en las aceras en las que se señalice un carril bici siendo el resto exclusivamente para uso de los peatones. Así que a falta de una ordenanza específica o una señalización que autorice circular a las bicicletas, las aceras son exclusivamente para los peatones. Mejor evitarlas si se tiene la opción.
2. Con casco pero sin auriculares o teléfono móvil. Todo aquel que circule en bicicleta debería utilizar casco de protección ya sea en vías urbanas, interurbanas o travesías. Sin embargo, la obligatoriedad solamente se da en los menores de 16 años y en los ciclistas que realicen sus desplazamientos en vías interurbanas.
En cuanto al uso de auriculares, ya sean conectados a una radio, reproductor mp3 o un teléfono móvil, quedan expresamente prohibidos en el Reglamento General de Circulación igual que si se tratase de un vehículo a motor.
3. Los pasos de cebra NO incluyen a las bicicletas. Olvídate de cruzar a lo loco en las intersecciones y mucho más de utilizar los pasos de peatones como si se tratase de un paso para ciclista. En caso de que el ciclista decida utilizarlo deberá bajarse de su bicicleta para, ahora sí, tener los derechos de circulación de un peatón más.
4. En carril bici la prioridad es tuya, fuera no. Como bien recoge el informe de la AEA, el Artículo 64 del Reglamento General de Circulación detalla que las bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor en los siguientes casos:
a Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
b Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
c Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.
5. Debemos circular siempre en el carril más a la derecha. En caso de que no exista carril bici y tengamos que desplazarnos por la calzada, especialmente en zona urbana, deberemos emplear siempre el carril más a la derecha que nos sea posible. De hecho, en ciudades como Madrid muchos de los carriles más a la derecha están señalizados como carril bici y los coches deben limitar su velocidad a 30 km/h.
6. Luces y reflejantes son obligatorios. El Reglamento General de Vehículos establece que son obligatorias una luz de posición delantera blanca, una luz de posición trasera roja y un catadióptrico un reflectante trasero rojo no triangular. Estas luces deben ser fijas, no intermitentes. Además, está permitido llevar reflectantes en los radios de las ruedas y en los pedales.
7. Grupos sí, pelotones no. Las carreteras de tu pueblo o barrio no son el escenario del Tour de Francia y por mucho que se recomiende rodar en grupos por cuestiones de seguridad, algo reconocido en el artículo 54 del reglamento, se prohíbe la formación de pelotones que entorpezcan la circulación del tráfico en la vía.
8. No te van a quitar puntos pero sí te puede caer una multa. "La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir”, es lo que dice el Anexo II de la Ley de Seguridad Vial.
9. Si bebes no conduzcas. Relacionado con el punto anterior, es importante tener en cuenta que está terminantemente prohibido circular en bicicleta con tasas de alcohol superiores a 0,25 mg/l de aire aspirado o 0,5g/l en sangre. Las multas por este tipo de infracción no bajan de los 500 euros aunque, como se indicaba en el punto anterior, pueden ascender hasta los 1.000 euros. Poca broma.
10. Ojo con pasarnos con las sillitas. Aunque queden muy ‘cuquis’ sobre las bicicletas de los padres, las sillitas deben de cumplir una serie de requisitos para que no nos llevamos su correspondiente multa. Por ejemplo, el peso máximo que puede colocarse en la sillita delantera sería de 15 kilos mientras que la trasera admite hasta 22 kilos. Además, se exige que el niño supere los 9 kilos de peso y sea capaz de mantenerse erguido en la silla a fin de no lastimar su cuello.