España elige mano dura en su adaptación de la nueva normativa europea de inmigración

”La reforma pone aún más peso en el control de fronteras y las devoluciones en lugar de garantizar el acceso efectivos a los derechos”

En este mundo atravesado por el despertar de la extrema derecha, de las políticas antiinmigración, de la mano dura, ni la Unión Europea se salva: el Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA), aprobado en mayor de 2024 y en vigor desde el pasado 12 de junio, regirá a partir de ahora los flujos migratorios de los veintisiete estados miembros con una severidad y falta de cuidado hacia los migrantes inédita en la región en las últimas décadas. Entre otras cosas, el PEMA permite a los gobiernos de la UE enviarles a terceros países como Bangladesh, Kosovo o Marruecos para quitarlos de encima. Una serie de medidas muy criticadas por quienes defienden la dignidad de los migrantes. Y ahora el PEMA llega a España.

Lo hace a través de dos anteproyectos presentados por el ministro de Interior español, Grande-Marlaska, que recolocan a nuestro país en una línea de política migratoria mucho más dura de lo que venía siendo. Y es que, como explican varios expertos al periodista Queralt Castillo Cerezuela en este reportaje, la adaptación del PEMA al ordenamiento jurídico de nuestro país va más allá de lo que exige el propio PEMA. Por ejemplo, y para que te hagas una idea, “si bien en el PEMA se contempla un plazo máximo de siete días para el triaje, en España esto se reducirá a 72 horas”. Esto supone hacer el reconocimiento médico, el examen de vulnerabilidad y otros análisis en muy poco tiempo para poder devolverles.

No es el único punto polémico. También parecen endurecerse los criterios para otorgar la protección subsidiaria, la que obliga al Estado a acoger a migrantes cuyas vidas corren peligro en sus países de origen; limita a 12 semanas el tiempo máximo en el que el procedimiento de frontera debe proporcionar una resolución de acogida o devolución a quienes no gocen de protección internacional; e incluye una medida por la cual la persona migrante deberá abandonar el país si su solicitud de protección internacional es rechazada. Como explican desde NOVACT, “la normativa europea deja margen a los Estados para adoptar opciones más garantistas y el Gobierno español ha optado por medidas más restrictivas”.

En general, la postura de las organizaciones en defensa de las personas migrantes frente a lo que se sabe ahora mismo del contenido de ambos anteproyectos es la misma: España ha cambiado de discurso y de bando. Entre otras cosas, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado lamenta en El Salto que esta nueva normativa “dificultará enormemente la reagrupación familiar de las personas refugiadas al exigir requisitos de medios económicos y vivienda adecuada si se presenta la solicitud de reagrupación pasado un año”. Desde NOVACT, por su lado, aseguran que “la reforma pone aún más peso en el control de fronteras y las devoluciones en lugar de garantizar el acceso efectivos a los derechos”.